Inspección pide la jornada real, no el cuadrante. Un archivo que cualquiera edita no demuestra nada el día de la visita ni en una reclamación de extras.
Sí. Desde el Real Decreto-ley 8/2019, el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a garantizar un registro diario de jornada: hora concreta de inicio y de fin de cada persona, cada día. Hay que conservarlo 4 años y tenerlo a disposición de la plantilla, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo. No hay mínimo de plantilla: con un empleado por cuenta ajena ya aplica.
¿El fichaje digital ya es el único formato legal en 2026?
No. A 14 de septiembre de 2026 el Gobierno tramita un real decreto de registro exclusivamente digital, pero no está publicado en el BOE. Lo que sí es obligatorio, y desde 2019, es el registro diario fiable. Papel y Excel no están prohibidos; Inspección y los tribunales preguntan si alguien puede cambiar la hora sin que se note. Un fichaje digital trazable cubre la norma vigente y te deja listo si el formato se endurece.
¿Cuánto es la multa por no llevar registro de jornada?
La falta de registro se tipifica como infracción grave en el art. 7.5 de la LISOS (tiempo de trabajo). El art. 40.1.b fija, para las graves, de 751 € a 7.500 € según el grado. Se suele calcular por centro de trabajo, no «una multa de empresa» que cubra todos los locales. Defectos formales pueden caer en leve (70 € a 750 €). El daño colateral suele ser peor: sin registro, las horas extra se discuten a ciegas.
¿Sirve un Excel o un cuaderno firmado?
La norma no nombra el formato. El Criterio Técnico 101/2019 de la ITSS sí deja claro qué no vale: el calendario laboral, el horario general o el cuadrante previsto. Hace falta la jornada realmente trabajada, día a día. Un Excel editable o un parte relleno el viernes suelen fallar el test de objetividad, fiabilidad e inmodificabilidad a posteriori. Tus Jornadas registra en el momento y deja rastro de cada corrección.
¿Tengo que instalar una app en el teléfono de cada empleado?
No. Tus Jornadas es una aplicación web: se ficha desde el navegador del móvil, del ordenador o de una tablet en modo kiosko con PIN o QR. Quien quiera puede anclar el acceso en la pantalla de inicio. Encaja en hostelería, comercio, clínicas, obra y oficinas híbridas, sin pasar por las tiendas de apps.
¿Sirve para turnos, tiempo parcial y varios centros?
Sí. Cada tramo de un turno partido se registra cuando ocurre. El personal a tiempo parcial ficha igual: es el caso que Inspección cruza antes con el contrato. Si tienes dos locales, das de alta dos centros; la sanción se calcula por centro y el informe también sale filtrado. Roles de empleado, manager y admin en el mismo entorno.
¿Dónde se guardan los datos y quién los ve?
En la Unión Europea. Cada empresa tiene su entorno privado, aislado, en su subdominio empresa.tusjornadas.com. No mezclamos clientes en una hoja común. El histórico se conserva 4 años, que es el plazo del art. 34.9 ET, y se exporta en CSV para gestoría o Inspección.
¿Cómo se pone en marcha y cuánto cuesta?
Solicitas la demo, creamos el entorno el mismo día en remoto y la plantilla ficha esa tarde. 10 € al mes hasta 5 empleados; 2 € por persona a partir de la sexta. Todas las funciones incluidas, sin permanencia y sin hardware propietario. Da igual si estás en Madrid, en un polígono o en un hotel de costa.
Elige cómo llegaste hasta aquí
Por ciudad, por sector o por la duda legal. El art. 34.9 ET es el mismo; la puerta de entrada, no.