Qué se considera infracción
La falta de registro, un registro genérico (las mismas horas todos los días), uno reconstruido a posteriori o uno que no se puede enseñar en el momento. El art. 34.9 ET obliga a tenerlo y a conservarlo 4 años. El art. 7.5 de la LISOS tipifica como infracción grave la transgresión de las normas de jornada, extras, descansos y registro.
Cuánto puede costar (el tramo que sí está en la ley)
El art. 40.1.b de la LISOS fija, para las infracciones graves en materia laboral: grado mínimo 751 a 1.500 €; medio 1.501 a 3.750 €; máximo 3.751 a 7.500 €. Inspección elige el grado según plantilla afectada, reincidencia e intencionalidad (art. 39). Un defecto meramente formal o documental puede ser leve (art. 6.6): 70 a 750 €.
La cifra de 225.018 € que copian otras webs es el tope de una infracción muy grave de la LISOS (fraude, coacción, reincidencia extrema). No es «la multa por no tener Excel». Mezclar los tres tramos en una sola tabla da miedo y poco criterio.
Por centro, no «una de empresa»
La práctica habitual de la ITSS es calcular por centro de trabajo. Un bar con dos locales no paga una multa simbólica de marca: puede tener dos expedientes. El registro mezclado de central no responde a la pregunta «¿qué pasó en este?».
El daño colateral
Sin diario fiable, las horas extra que alegue la plantilla son más difíciles de rebatir. La sanción administrativa no es el único coste: hay liquidaciones y, a veces, recargos. El fichaje no sustituye al convenio; te deja el hecho.
Cómo se evita de verdad
Fichaje en el momento, trazable, exportable y conservado. No un Excel del viernes. Tus Jornadas está hecho para eso, no para un pack de RRHH. 10 €/mes hasta 5 empleados.