Mínimo legal
Horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona, cada día. Conservación de 4 años. Disponibilidad para la persona trabajadora, sus representantes e Inspección. Eso es el art. 34.9 ET. No pide un total semanal, ni «ocho horas», ni la firma manuscrita de cada día.
Lo que te salva de verdad
El Criterio Técnico 101/2019 mira si el dato es la jornada realizada, no la prevista. Añade esto y dejas de discutir:
- Identificación de la persona y del centro.
- Pausas relevantes (si hay interrupciones y no se anotan, el total hincha).
- Autor del fichaje y de cualquier corrección.
- Marca de tiempo que no dependa de quien rellena el viernes.
- Exportación inmediata (CSV), filtrable por centro y periodo.
Lo que no hace falta
Geolocalización continua, huella, captura de pantalla o un diario de tareas. Eso es otro producto y, a menudo, otro debate de privacidad. El 34.9 no es un software de vigilancia. Es inicio y fin, demostrables.